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Below is some basic information on rights that tenants in Virginia have when it comes to different common housing issues. Puede navegar entre los distintos temas utilizando el índice o desplazándose por la página.

Si necesita ayuda legal con un problema de vivienda, puede ver cómo ponerse en contacto con nosotros .

PASOS DE UN DESAHUCIO

Primer paso:

Aviso

El propietario siempre debe notificar por escrito el motivo del desahucio antes de presentar la demanda ante el tribunal.

Algunos motivos habituales de desahucio y los requisitos de notificación:

  • Impago del alquiler: se requiere un preaviso de 5 días para pagar o abandonar. Esta notificación debe indicar el importe exacto adeudado en virtud de su contrato de arrendamiento y darle un plazo de 5 días para abonarlo.
  • Infracción de un término del contrato que puede corregirse: requiere un aviso que le dé 21 días para solucionar el problema. Si la infracción no se subsana en esos 21 días, el propietario puede solicitar el desahucio 9 días después (30 días tras la notificación original).
  • Infracción que no puede subsanarse: requiere un preaviso de 30 días antes del archivo. Si la actividad está relacionada con las drogas o supone una amenaza para la salud o la seguridad, el propietario puede presentar la demanda inmediatamente después de notificárselo.

Segundo paso:

Primera comparecencia y sentencias en rebeldía

La primera cita con el tribunal («fecha de regreso») es su primera comparecencia.

Información sobre primera comparecencia y sentencias en rebeldía

  • Si no se presenta en el juzgado, recibirá una «sentencia en rebeldía», lo que significa que puede ser desahuciado.
  • Si tiene defensas, solicite una vista y fije el caso para juicio; de lo contrario, obtendrá una sentencia en esta comparecencia.
  • Puede pedir que se presenten alegaciones, lo que obligaría al propietario a enumerar sus fundamentos jurídicos para el desahucio.
  • Derecho de redención: la demanda de desahucio debe desestimarse como pagada si usted paga al arrendador, al abogado del arrendador o al tribunal todas las cantidades adeudadas a partir de la fecha del juicio. Si hay un litigio, el juez puede decidirlo.
  • No demandas: el propietario puede decidir voluntariamente abandonar su caso con una «no demanda». La nulidad de la demanda no impide que el propietario vuelva a presentar una demanda en el futuro, pero hasta que no lo haga usted no será desahuciado.

Paso 3:

Audiencia y sentencia

Información sobre vistas y sentencias

  • En la vista puede presentar las pruebas que tenga y defender su caso.
  • Si pierde el caso, el juez dictará una sentencia de posesión para el propietario. Esta sentencia es pública y puede afectar a sus solicitudes de alquiler en el futuro.
  • Si gana el caso y el arrendador vuelve a presentar una demanda por la misma situación, puede decirle al juez que el caso ya fue resuelto a su favor por un juez anterior. Esto se llama «cosa juzgada».

Paso 4:

Recursos de reposición y apelación

Peticiones de nueva audiencia e información sobre recursos

  • Petición de nueva audiencia: Usted tiene 30 días después de una sentencia en rebeldía para presentar una moción para volver a escuchar. El juez tiene la opción de volver a celebrar la vista, lo que ayuda a demostrar que usted no sabía o no podía acudir a la cita anterior.
  • Recurso: Dispone de 10 días para recurrir una sentencia. Puede que tenga que pagar una fianza al tribunal para recurrir

Paso 5:

Auto de desahucio

Información sobre la orden de desahucio

  • La orden de desahucio es el documento que el sheriff coloca en la puerta de una vivienda para certificar que un juez ha ordenado el desahucio y que le da autoridad para obligar al inquilino a marcharse en un plazo de 72 horas. 72 horas después de la publicación de la orden de desalojo, el Sheriff puede volver y obligar al inquilino a abandonar la vivienda.
  • Una vez dictada la sentencia, el propietario debe solicitar una orden de desahucio. Tienen 6 meses desde la fecha de la sentencia para hacerlo.
  • Moción de anulación: Si su contrato de arrendamiento se renovó después de la fecha de la sentencia, pero antes de la fecha en que se dictó la orden judicial, puede presentar una «moción de anulación» de la orden judicial, que (si el juez está de acuerdo) puede impedir el desahucio.
  • Derecho de rescate ampliado: puede pagar todas las cantidades adeudadas (alquiler, recargos por demora, costas judiciales, tasa del sheriff, honorarios del abogado) a partir de 48 horas antes de la fecha de desahucio programada por el sheriff. Puede pagar en el juzgado.

Paso 6:

Desahucio

Información sobre desahucios

  • El sheriff no puede desahuciarle hasta que finalice el periodo de apelación (10 días).
  • El aviso se dará al menos 72 horas antes de que el sheriff pueda desahuciarle.
  • El desahucio sólo puede programarse una vez dictada la orden de desalojo.

MALAS CONDICIONES DE VIVIENDA

IMPORTANTE: Según la ley de Virginia, no puede dejar de pagar el alquiler por malas condiciones, aunque los problemas sean muy graves. Retener el alquiler podría llevar a su desahucio, y las malas condiciones no serían una defensa.

Para solucionar cualquier problema, es importante empezar por notificarlo por escrito y con fecha al propietario. También debe hacer todo lo posible por documentar el problema y la correspondencia con el casero.

Las opciones que se indican a continuación se aplican a problemas que afectan a la salud o la seguridad, o que suponen un incumplimiento de la obligación del propietario de hacer las reparaciones previstas en el contrato de alquiler. Condiciones comunes que deberían cumplir los requisitos: roedores u otras plagas (siempre que no hayas tardado en notificar el problema al propietario), moho (siempre que el moho no sea culpa tuya), calefacción, electricidad, etc. Si la reparación se debe a que usted ha dañado la unidad más allá del desgaste razonable, el propietario no está obligado a hacer las reparaciones y, en su lugar, puede cobrarle por cualquier reparación que se haga.

Si necesita una reparación y puede pagarla por adelantado:

  • Su derecho (Código de VA § 55.1-1244.1): Si el propietario no hace las reparaciones necesarias, usted puede pagarlas de su bolsillo y descontarlas del alquiler del mes siguiente. La cantidad máxima que puede deducir de su alquiler es de 1.500 $ o un mes de alquiler, lo que sea mayor, pero debe seguir los pasos que se indican a continuación.
  • Lo que tiene que hacer: (1) Notifique el problema por escrito al arrendador, en mano o por correo, y conserve una copia o una foto de la notificación. (2) Esperar 14 días a que el propietario lo arregle. (3) Si no lo arreglan, puede contratar a un contratista autorizado para que realice las reparaciones necesarias. (4) Una vez efectuadas las reparaciones, debe entregar al arrendador una relación detallada de los costes de la reparación y los recibos de las obras. (5) Entonces podrás deducir el coste del alquiler del mes siguiente.
  • Ventajas: Puedes hacer la reparación rápidamente, con el contratista que tú elijas
  • Contras: Tienes que pagar la reparación por adelantado, y si tu casero no está de acuerdo con la deducción, puede intentar llevarte a los tribunales por impago (si sigues estos pasos, este proceso sería tu defensa).

Rescindir el contrato si el casero no hace las reparaciones:

  • Su derecho (Código de VA § 55.1-1234): Puede rescindir el contrato si el arrendador se niega a hacer las reparaciones necesarias.
  • Lo que tienes que hacer: (1) Enviar una notificación por escrito al propietario pidiéndole que solucione el problema y haciéndole saber que si no lo hace en 21 días, el contrato de arrendamiento finalizará en 30 días. (2) Si el propietario no ha solucionado el problema, el inquilino puede mudarse.
  • Nota: la reparación necesaria no puede ser culpa del inquilino.
  • Pros: Puedes mudarte para evitar las malas condiciones
  • Contras: La mudanza puede ser cara. Si tu casero no está de acuerdo con la rescisión del contrato, puede intentar llevarte a los tribunales por romper el contrato antes de tiempo (si sigues estos pasos, esa sería tu defensa).

Si tu casero no hace las reparaciones necesarias y quieres llevarle a los tribunales:

  • Su derecho (Código de VA § 55.1-1244): Puede presentar una demanda llamada Tenant’s Assertion contra el propietario y pedir a un tribunal que le ordene hacer las reparaciones necesarias y/o devolverle el dinero del alquiler, o rescindir el contrato a petición suya. Debe estar al corriente de pago del alquiler para presentar esta demanda.
  • Lo que tiene que hacer: (1) notificar el problema al propietario por escrito, en mano o por correo, y conservar una copia o foto de la notificación y, (2) esperar 30 días a que lo solucionen (a menos que el problema sea una emergencia, como la falta de agua corriente, en cuyo caso puede esperar menos tiempo). (3) Si el propietario no lo arregla, entonces presente el caso ante el Tribunal de Distrito General rellenando un formulario de «Afirmación y demanda del inquilino» en la oficina del secretario. (4) Pagar el alquiler en una cuenta de depósito en garantía en la oficina del secretario en la fecha de vencimiento normal, en lugar de al propietario. (5) El tribunal programará una vista y usted deberá llevar a la misma todas las pruebas de que disponga, como fotos del problema y una copia o foto de la notificación al arrendador.
  • Ventajas: El juez puede ordenar al propietario que haga la reparación y obligarle a volver al juzgado para demostrar que la ha hecho. Puedes obtener una deducción en el alquiler, o incluso la devolución de todo el alquiler, por el tiempo que no se realicen las reparaciones si las condiciones son lo suficientemente malas.
  • Contras: El proceso judicial para la reclamación de un inquilino puede ser largo. Tendrá que acudir varias veces a los tribunales. Tendrás una vista judicial ante un juez, pero a veces los jueces se ponen de parte del propietario o deciden no dar al inquilino todo lo que pide, aunque siga estos pasos. Durante este proceso, debe estar al día en el pago del alquiler y abonarlo puntualmente en la oficina del secretario.

DISCRIMINACIÓN EN MATERIA DE VIVIENDA

Los derechos enumerados aquí se aplican a todos los inquilinos de Virginia. Puede tener más derechos si vive en una vivienda subvencionada (vivienda con alquiler restringido por ingresos, como las viviendas públicas).

Los proveedores de vivienda no pueden hacer lo siguiente por motivos de raza, color, origen nacional, religión, sexo/género (incluidos los supervivientes de violencia doméstica), orientación sexual, identidad de género, situación militar, situación familiar (tener hijos menores de 18 años), discapacidad, vejez o fuente de fondos (vales).

Algunos ejemplos de discriminación son:

  • Declaraciones ofensivas de un administrador de fincas a un inquilino
  • Segregar a todas las familias con niños en determinadas zonas de un complejo
  • Desahuciar a una víctima de violencia doméstica porque llamaba mucho a la policía

Hay algunos proveedores de vivienda a los que no se aplican estas leyes de vivienda justa. Entre ellas se encuentran:

  • Un propietario que alquila un edificio en el que vive Y que tiene 4 unidades o menos
  • Una persona que alquile o venda una vivienda unifamiliar, sin ayuda de un intermediario, si no posee más de 3 viviendas de este tipo al mismo tiempo.
  • Organizaciones o clubes religiosos que ofrecen alojamiento y dan preferencia a sus miembros

Si cree que ha sido discriminado, puede presentar una denuncia por vivienda justa ante un tribunal o ante la Oficina de Vivienda Justa de Virginia o el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE.UU. (U.S. Department of Housing and Urban Development). Es posible que abogados o defensores le ayuden o asesoren para presentar una denuncia. Si tiene éxito con su denuncia, podría obtener una reparación, como la siguiente unidad en un determinado complejo de apartamentos, una excepción a una norma, daños y perjuicios monetarios, cambios en la política o formación para el proveedor de vivienda discriminatoria y su personal.

ADAPTACIONES RAZONABLES

Si eres inquilino y necesitas hacer modificaciones en tu vivienda debido a una discapacidad, aquí tienes información sobre tus derechos a ajustes razonables:

  • Su derecho (42 USC §3604(f), Código de VA §36-96.3): Los inquilinos con discapacidades pueden solicitar excepciones a las normas o modificaciones físicas de un apartamento si esos cambios son necesarios, debido a la discapacidad del inquilino. Por ejemplo, un inquilino asmático puede pedir que se le permita instalar en su piso un aparato de aire acondicionado de ventana que le ayude a respirar.
  • Qué tiene que hacer: (1) Comunicar al casero que usted, o alguien de su familia, tiene una discapacidad. (2) Dígales qué cambio necesita que le hagan y, (3) dígales por qué es necesario el cambio debido a su discapacidad. Si la discapacidad no es obvia, puede exigírsele que aporte documentación de un proveedor de servicios sanitarios que acredite que la persona tiene una discapacidad y que la adaptación o modificación es necesaria. (4) entonces puedes hacer la modificación. El inquilino debe hacer la modificación, pero el propietario está obligado a permitirla. En general, el inquilino es responsable de realizar la modificación y de pagar cualquier coste asociado a ella.
  • Se recomienda hacerlo por escrito y dar al propietario un plazo (normalmente unas semanas) para responder. Si el propietario no accede a la modificación o adaptación razonable solicitada, puede presentar una denuncia ante la Oficina de Vivienda Justa de Virginia, el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos o un tribunal estatal o federal.
  • Nota: No puedes pedir nada que se salga de lo que hace normalmente un casero o que suponga una carga grave para el casero (por ejemplo, no puedes pedir que el casero te compre la comida).

DERECHO DE LOS INQUILINOS A ORGANIZARSE

SI USTED ES INQUILINO, TIENE DERECHO A ORGANIZARSE EN EL LUGAR DONDE VIVE, SEGÚN LA LEY DE VIRGINIA.

¿Qué significa eso para usted?

  • Puedes unirte a una asociación de inquilinos, reunirte con otros inquilinos, visitar a tus vecinos y abogar por cambios en el lugar donde vives.
  • Puedes reunirte en las zonas comunes e invitar a los invitados a hablar contigo sobre tus derechos como inquilino.
  • También puede presentar quejas a su casero, presentar quejas a las autoridades competentes sobre su casero, o presentar una demanda o testificar contra su casero ante un tribunal.

Esto es así independientemente de quién sea su casero.

IMPORTANTE: Si tu casero sabe que te estás organizando o llevando a cabo alguna de estas acciones, no puede tomar represalias ni presionarte para que dejes de hacerlo subiéndote el alquiler, recortándote los servicios, intentando poner fin a tu contrato de alquiler o desahuciándote.

Llámanos si cree que se le trata injustamente por hablar claro. Tienes derechos.

¡Atención!

  • El casero puede intentar rescindir el contrato o desahuciarte si infringes el contrato, las normas de la vivienda o la ley de alguna otra manera.
  • También pueden optar por no renovarle el contrato.
  • Si crees que el casero está tomando represalias, asegúrate de guardar copias de las cartas, correos electrónicos y mensajes de texto entre tú y el casero.

Si tiene alguna pregunta sobre lo que exige su contrato de alquiler, póngase en contacto con nosotros.

Si vives en una vivienda pública o tienes un vale financiado por el gobierno, es posible que tengas diferentes derechos y protecciones. Si tiene alguna pregunta, póngase en contacto con el LAJC.

ELIMINAR LOS CASOS DE DESAHUCIO DE SU EXPEDIENTE

Cualquier caso de desahucio que haya tenido en los tribunales pasa a formar parte de su expediente, incluso si el caso fue desestimado o «no demandado» (cuando el propietario decide no presentar el caso ante el tribunal). Tener un caso de desahucio en su expediente, aunque no haya sido realmente desahuciado, puede repercutir negativamente en futuras solicitudes de vivienda y en otros aspectos de su vida.

Sin embargo, en virtud de una nueva ley de Virginia (Va Code § 8.01-130.01), si alguna vez ha tenido un caso de desahucio que fue desestimado o «no demandado», puede presentar un formulario para que ese caso sea eliminado de sus antecedentes judiciales públicos (o «borrado»). El proceso es gratuito, lo único que tiene que hacer es presentar una solicitud.

Nota: desgraciadamente, no puede eliminar de su expediente un caso de desahucio en el que haya recibido una sentencia en su contra/donde le hayan desahuciado. Sólo puede eliminar los casos de desahucio que hayan sido desestimados o «no demandados».

ESTOS SON LOS PASOS PARA SOLICITAR LA CANCELACIÓN DE SUS ANTECEDENTES PENALES:

1. Encuentre la información de su caso

a. Tendrá que encontrar varios datos sobre su caso para rellenar la solicitud. Puede encontrar la información que necesita en vacourts.gov/caseinfo/home.html.

b. Para buscar su caso judicial, haga clic en «General District Court Case Information» y luego en «Accept». A continuación, en la parte izquierda, seleccione el condado donde se celebró su caso de desahucio en «Tribunal» y en «Civil», haga clic en «Búsqueda por nombre» e introduzca su información.

c. Mantenga esta información abierta mientras rellena el formulario en el siguiente paso.

2. 2. Rellene el formulario

a. Puede encontrar la solicitud de cancelación de antecedentes penales en bit.ly/ExpungementForm

b. Rellene el formulario con la información que ha buscado en el sitio web del tribunal. Puede rellenar el formulario en un ordenador y luego imprimirlo, o imprimir un formulario en blanco y luego rellenarlo a mano.

3. Envíe el formulario

a. Puede llevar el formulario en persona a la Secretaría Civil del juzgado donde se celebró la vista o puede enviarlo por correo al juzgado. Puede encontrar la dirección de cualquiera de ellos buscando en Internet.

Nota: Si tiene varios casos que desea eliminar, tendrá que presentar un formulario distinto para cada uno de ellos. Además, una vez eliminado el caso, no quedará constancia de él. Puede solicitar una copia del expediente antes de presentar la solicitud de cancelación.

RECURSOS

Recursos adicionales

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