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MULTAS Y TASAS:

DISPOSICIONES APLAZADAS Y COSTAS JUDICIALES

Una disposición diferida (o sobreseimiento diferido) es un acuerdo por el que alguien cumplirá ciertas condiciones para evitar una condena. El caso se desestima una vez cumplidas las condiciones. Si no se cumplen las condiciones, se dictará sentencia condenatoria. (nota: para recibir una disposición diferida, normalmente tiene que declararse culpable o aceptar que hay pruebas suficientes para declararle culpable).

Muchos cargos son elegibles para disposiciones diferidas, como los cargos por drogas por primera vez(§ 18.2-251) o por violencia doméstica(§ 18.2-57.3). Existe una ley(§ 19.2-298.02) que permite una disposición diferida si las partes o el tribunal consideran adecuadas las circunstancias.

Las condiciones comunes para las disposiciones diferidas en Virginia incluyen libertad condicional, servicio comunitario, pagar restitución a la persona perjudicada, completar ciertas clases o programas de rehabilitación, y más.

IMPACTO DE LOS COSTES CONDICIONALES EN LOS ACUSADOS INDIGENTES:

Una condición que imponen varios tribunales de Virginia para las disposiciones aplazadas es el pago de las costas judiciales. Se exige el pago de las costas judiciales en relación con todas las resoluciones y condenas aplazadas, pero no hay ninguna ley que obligue a los tribunales a hacer del pago de las costas judiciales una condición específica de la resolución aplazada.

Esta condición de pagar dinero a menudo crea una barrera insuperable para que una persona evite una condena en virtud de una disposición diferida y, a menudo, las personas terminan con una condena simplemente porque no pueden pagar. Dado que a muchas personas con una disposición diferida también se les exige que paguen los costes de un tratamiento o programa de rehabilitación, se ven obligadas a elegir entre pagar las costas judiciales o los costes de su programa de tratamiento. Desgraciadamente, algunos tribunales exigen el pago de ambos y dictan condenas contra una persona aunque haya cumplido todas las demás condiciones exigidas.

LAJC trabaja actualmente para eliminar la imposición de costas judiciales como condición para una disposición diferida a las personas que no pueden pagarlas. Esto incluye ayudar a los profesionales a presentar argumentos contra esta práctica para utilizarlos en los tribunales y explorar posibles soluciones legislativas. Esta práctica puede cargar a una persona con las consecuencias colaterales de una condena durante décadas. La forma más sencilla y mejor de que los tribunales eviten este perjuicio es dejar de exigir las costas judiciales como condición. Sin embargo, el Tribunal Supremo de EE.UU. ha dictaminado que los tribunales deben al menos considerar las circunstancias financieras de una persona antes de imponer las costas como condición, y considerar la capacidad de una persona para pagar las costas antes de dictar una sentencia condenatoria únicamente por impago de las costas.

Esta práctica de exigir el pago de las costas judiciales para evitar una condena ha dado lugar a dos sistemas de justicia. Las personas con dinero pueden comprar una salida del sistema jurídico penal sin que una condena empañe sus antecedentes. Las personas sin acceso al dinero acaban sufriendo condenas y las consecuencias duraderas de los antecedentes penales. Esta justicia innecesaria y desigual debe terminar; Virginia debe hacerlo mejor.


Si usted ha sido condenado por un delito porque no podía permitirse pagar las costas judiciales impuestas en una disposición aplazada y está interesado en compartir con nosotros cómo le han afectado estas costas, póngase en contacto con nosotros en finesandfees@justice4all.org.

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