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Kit de herramientas SNAP

El Programa de Asistencia Nutricional Complementaria («SNAP») proporciona ayuda nutricional a las familias con bajos ingresos.

Este conjunto de herramientas no es asesoramiento jurídico. Su único objetivo es proporcionar información general sobre los criterios de elegibilidad del SNAP, los requisitos de trabajo y cómo solicitar y conservar las prestaciones del SNAP. Si tienes alguna pregunta específica sobre tu elegibilidad o prestaciones del SNAP, ponte en contacto con tu oficina local de asistencia jurídica. Puedes encontrar la información de contacto de la oficina del LAJC en nuestra página Consigue ayuda.

SNAP Eligibility

Admisibilidad financiera

La elegibilidad para el SNAP se basa en los ingresos y gastos del hogar. En el SNAP, un «hogar» son todas las personas que viven juntas y preparan comidas juntas, aunque no sean miembros de la familia. Esto significa que, según las circunstancias, tu hogar podría incluir compañeros de piso, caseros, parejas de hecho, padrastros, abuelos y otros. Medicaid define «hogar» de forma diferente, por lo que el hecho de que alguien con quien vives no esté incluido en tu caso de Medicaid no significa que no deba estar incluido en tu caso de SNAP. No informar sobre alguien que forma parte de tu hogar para el SNAP puede dar lugar a pagos excesivos, pagos insuficientes y/o investigaciones por fraude, entre otras sanciones.

El SNAP tiene en cuenta la siguiente información a la hora de determinar la elegibilidad económica:

  • Ingresos de todos los miembros del hogar.
  • Todos los ingresos y fuentes de ingresos deben declararse en la solicitud del SNAP. Esto incluye los ingresos procedentes del trabajo, el trabajo por cuenta propia, los trabajos paralelos, los trabajos ocasionales, los trabajos temporales y los ingresos procedentes de otras fuentes, como propiedades, prestaciones por discapacidad y prestaciones por desempleo. En general, si alguien recibe dinero de cualquier fuente, debe declararlo en la solicitud del SNAP, salvo en circunstancias muy limitadas.
  • Gastos para determinadas necesidades, incluidos:
  • Pagos de alquiler o hipoteca;
  • Facturas de servicios públicos, incluidas las facturas de electricidad, gas, agua, alcantarillado, basura y teléfono;
  • Gastos de alojamiento temporal si te quedas sin hogar (como el coste de una estancia en un hotel);
  • Gastos médicos no cubiertos por el seguro o la ayuda económica hospitalaria, si el solicitante tiene más de 60 años o padece una discapacidad certificada por la Administración de la Seguridad Social, la Caja de Jubilación Ferroviaria o la Administración de Veteranos;
  • Cuidado de personas dependientes (como guarderías, centros de día para adultos, cuidados para necesidades especiales u otros cuidados que la unidad familiar deba pagar para que un adulto de la unidad familiar pueda trabajar).
  • El seguro de la vivienda, los impuestos sobre bienes inmuebles o las cuotas de la asociación de propietarios.

El Departamento de Servicios Sociales («DSS», la agencia estatal que tramita las solicitudes del SNAP) exigirá a todos los hogares que soliciten o recertifiquen las prestaciones del SNAP que verifiquen (aporten pruebas de) todos los gastos que el hogar declare en la solicitud. Esto requerirá que los hogares entreguen copias de los recibos de pago, facturas u otra documentación que confirme cuánto paga el hogar por cada gasto, con qué regularidad se paga y a quién se paga.

Para estimar tu elegibilidad para el SNAP, puedes utilizar esta calculadora. (Nota: esta calculadora no está asociada al LAJC ni al DSS y su finalidad es proporcionar una estimación de la elegibilidad o de las prestaciones mensuales. No es una solicitud de prestaciones y no proporciona determinaciones oficiales de elegibilidad. Si estás interesado en solicitar prestaciones, consulta más abajo para obtener más información sobre cómo hacerlo).

Elegibilidad no financiera

El SNAP no está disponible para todas las personas con bajos ingresos. Sólo pueden acceder al SNAP las personas que vivan en la comunidad (es decir, que no vivan en instituciones que les proporcionen comidas), que no hayan sido excluidas del programa por infracciones del mismo (para más detalles, véase más abajo) y que cumplan todos los requisitos de trabajo (si procede) y de elegibilidad de los no ciudadanos (si procede).

Situación de inmigración

El SNAP no está disponible para determinados no ciudadanos. En julio de 2025, el Congreso de EE.UU. hizo el programa más restrictivo de lo que era antes, por lo que es posible que algunas personas que cumplían los requisitos antes de julio de 2025 ya no puedan optar a las prestaciones. Ahora, el SNAP sólo está disponible para:

  • Cualquier ciudadano estadounidense (nacido o naturalizado);
  • Residentes legales permanentes;
  • Los residentes permanentes legales también deben cumplir uno de los siguientes criterios:
  • Haber sido titular de la tarjeta verde durante cinco años o más;
  • Haber trabajado y declarado ingresos a la Administración de la Seguridad Social en EE.UU. durante más de 10 años; o
  • Han ajustado su estatus de asilo, refugiado, visado t u otro estatus humanitario (Nota: la solicitud para ajustar el estatus debe ser aprobada antes de que la persona pueda tener derecho al SNAP).
  • Ciertos Entrantes cubanos o haitianos; y
  • Algunos beneficiarios del Pacto de Libre Asociación («COFA»).

A los solicitantes que no puedan demostrar que cumplen los criterios anteriores se les denegarán las prestaciones del SNAP. Es importante señalar que el DSS no puede exigir a nadie que no solicite prestaciones para sí que aporte pruebas de su condición de inmigrante.

Requisitos laborales

Hay dos conjuntos de requisitos laborales que las personas deben cumplir (o de los que deben estar exentas) para tener derecho a las prestaciones del SNAP:

  1. Requisitos laborales generales: El SNAP exige que las personas de entre 16 y 59 años se inscriban para trabajar o participen en el programa SNAP de Empleo y Formación (también conocido como «SNAP E&T»), a menos que cumplan una exención.
  1. Para cumplir este requisito de trabajo general, se pedirá a los adultos afectados que demuestren al DSS que
  1. Trabajar al menos 30 horas semanales (o ganar al menos 217,50 $); o
  1. Participa en el registro de trabajo o en SNAP E&T.
  1. Algunas personas están exentas de cumplir el requisito general de trabajo, incluidas las que:
  1. Cumplir los requisitos de trabajo de otro programa de prestaciones públicas, como Asistencia Temporal para Familias Necesitadas («TANF») o Subsidio de Desempleo;
  1. Cuida a un niño de 6 años o menos, o a alguien con discapacidad;
  1. Participar en un programa de tratamiento de drogas o alcohol; o
  1. Asistir a la escuela o a la formación profesional al menos a media jornada (Nota: los estudiantes universitarios están sujetos a otros requisitos).

Si no puedes cumplir el requisito general de trabajo o demostrar que se aplica una exención, no tendrás derecho a prestaciones durante al menos un mes, o hasta que puedas demostrar que sí cumples el requisito general de trabajo/una exención.

  1. Requisitos laborales de límite de tiempo para adultos sin discapacidades o dependientes (a veces llamados «requisitos ABAWD» o «límite de tiempo del SNAP»): Todos los solicitantes o beneficiarios del SNAP de entre 18 y 64 años deben cumplir un requisito laboral adicional para seguir teniendo derecho al SNAP. Concretamente, las personas de 18 a 64 años deben poder demostrar al DSS que trabajan al menos 80 horas al mes, o demostrar que están exentas de estos requisitos.
  1. Puedes demostrar que cumples el requisito ABAWD aportando pruebas al DSS de que:
  1. Trabajar al menos 80 horas al mes (trabajo remunerado o voluntariado en organizaciones cualificadas);
  1. Participar en un programa de trabajo, como SNAP E&T; o
  1. Participar en una combinación de trabajo remunerado, voluntariado y/o programas de trabajo durante al menos 80 horas al mes.
  1. Puede que no se te exija cumplir el requisito ABAWD si
  1. Están exentos de los requisitos de trabajo «General» (véase más arriba);
  1. Estás incapacitado para trabajar debido a una discapacidad física o mental (permanente o temporal);
  1. Estás embarazada;
  1. Cuidas a un niño de 13 años o menos; o
  1. Cuidas a una persona con discapacidad.

Hasta hace poco, los veteranos, las personas sin hogar y los jóvenes en régimen de acogida también estaban exentos de los requisitos de la ABAWD, pero a partir del 1 de diciembre de 2025 dejarán de estarlo. Sin embargo, antes de suprimir o limitar las prestaciones del SNAP, el DSS debe evaluar los hogares para determinar si aún pueden estar exentos en virtud de otra categoría (por ejemplo, discapacidad o cuidado de personas).

Si no puedes cumplir los requisitos de trabajo ABAWD o demostrar que se aplica una exención, perderás tus prestaciones al cabo de tres meses, o hasta que puedas demostrar que sí cumples los requisitos de trabajo ABAWD/una exención. Si no puedes cumplir los requisitos de trabajo ABAWD y no cumples una exención, se te limitarán las prestaciones del SNAP a tres meses en un período de tres años (36 meses).

SNAP Applications

Para que te examinen para las prestaciones del SNAP, debes presentar una solicitud al Departamento de Servicios Sociales («DSS») de tu localidad (el condado o la ciudad donde vives). Puedes presentar la solicitud por Internet a través de CommonHelp Online, por fax, en persona o por teléfono. El LAJC no recomienda presentar la solicitud por teléfono porque no recibirás un recibo después de enviar los formularios. Para presentarla en persona o por fax, tendrás que rellenar el formulario y enviarlo al DSS de tu localidad. Puedes encontrar la dirección y el número de fax de tu localidad aquí.

Si quieres presentarla por fax o en persona, tendrás que rellenar la solicitud en papel, disponible en esta página. Si no puedes rellenar toda la solicitud, deberás hacerlo como mínimo:

  • Indica tu nombre completo y dirección en la Parte A (en la página 4);
  • Incluye tu número de teléfono en la Parte A (en la página 4); y
  • Firma la última página (en la página 15).

El DSS está obligado a ayudarte a cumplimentar el resto de la solicitud o a facilitarte la información necesaria para determinar si tu hogar reúne los requisitos.

Para una orientación detallada sobre cómo preparar una solicitud del SNAP, consulta estas guías anotadas. Nota: Estas guías no son asesoramiento jurídico. Proporcionan contexto y antecedentes sobre cómo cumplimentar la solicitud . No presentes estas guías al DSS.

Después de presentar la solicitud, se te pedirá que realices una entrevista con el trabajador del DSS que tramita tu caso. Es posible que no te avisen con antelación de cuándo está prevista la entrevista. Si pierdes la llamada del trabajador del DSS, deberás debes ponerte en contacto con ellos inmediatamente (preferiblemente el mismo día). Lleva un registro de cuándo y cómo intentaste ponerte en contacto con el trabajador. Si no puedes ponerte en contacto con el trabajador, acude al DSS en persona para completar o programar la entrevista. No se te puede aprobar el SNAP hasta que completes la entrevista.

Si no proporcionaste todos los documentos requeridos con tu solicitud, el DSS puede pedirte que los envíes:

  • Partidas de nacimiento y/o números de la Seguridad Social de todas las personas que soliciten prestaciones;
  • Recibos o facturas que demuestren el coste de los gastos enumerados en la solicitud (como recibos de alquiler, facturas de electricidad, facturas de hospital, etc.);
  • Talones de pago u otra verificación de ingresos de todos los miembros de la unidad familiar que trabajen;
  • Declaraciones de prestaciones por incapacidad, desempleo u otras prestaciones que reciba cualquier miembro de la unidad familiar;
  • Prueba de la condición de inmigrante elegible de cualquier persona de la unidad familiar que solicite prestaciones;
  • Verificación de la dirección; o
  • Cualquier otro documento necesario para evaluar la admisibilidad.

Nota: No estás obligado a enviar al DSS ningún documento que no sea necesario para demostrar que cumples los requisitos. Si el DSS te exige documentos que crees que no estás obligado a enviar, ponte en contacto inmediatamente con un abogado de asistencia jurídica.

Other things to know about SNAP

El SNAP no está diseñado para cubrir el coste total de los alimentos de un hogar durante un mes. Como indica su nombre, es un programa «complementario», por lo que, en términos generales, se sigue esperando que los hogares aporten el 30% de sus ingresos netos a la alimentación. Del mismo modo, las prestaciones se calculan en función del número total de miembros del hogar que reúnan los requisitos (véase más arriba la definición de «hogares» del SNAP). Por tanto, si hay miembros de un hogar que no reúnen los requisitos por su situación de inmigración o porque no pueden cumplir los requisitos laborales, las prestaciones mensuales del SNAP se reducirán para el hogar.

  • Para utilizar tu tarjeta EBT SNAP, debes activarla llamando a la Línea de Ayuda EBT al 1-866-281-2448.
  • Necesitarás los cuatro últimos dígitos del número de la Seguridad Social del cabeza de familia para acceder a tu tarjeta EBT la primera vez. A continuación, se te pedirá que establezcas un nuevo PIN de 4 dígitos. No compartas este PIN con nadie, y cámbialo con frecuencia.
  • Si el cabeza de familia no tiene número de la Seguridad Social, ponte en contacto con el LAJC para obtener más instrucciones. Puedes encontrar la información de contacto de la oficina del LAJC en nuestra página Consigue ayuda.
  • Puedes consultar tu saldo llamando al teléfono de ayuda de EBT (1-866-281-2448) o utilizando la App ConnectEBT.
  • Nota: La aplicación ConnectEBT es la única aplicación telefónica que debes utilizar para hacer un seguimiento de tus prestaciones del SNAP. Existen otras aplicaciones, pero pueden ser pirateadas para robar (o «desvalijar») tus prestaciones.
  • Puedes utilizar la App ConnectEBT para «bloquear» tu tarjeta cuando no la estés utilizando.
  • Protégete del robo de SNAP/EBT:
  • El «skimming» del SNAP/EBT se produce cuando alguien roba tus prestaciones del SNAP de tu tarjeta EBT. Normalmente, las prestaciones se roban justo después de que se ingresen las prestaciones mensuales en la cuenta (es decir, la primera semana del mes o alrededor de esa fecha).
  • Buenas prácticas para evitar el skimming:
  • No compartas tu PIN con nadie;
  • Guarda tu tarjeta EBT en un lugar seguro cuando no la utilices;
  • «Bloquea» tu tarjeta cuando no la estés utilizando (esto se puede hacer utilizando la app ConnectEBT);
  • No utilices ninguna otra aplicación que no sea ConnectEBT;
  • Borra la tarjeta de cualquier cuenta online (como Instacart) después de cada uso;
  • Cambia tu PIN todos los meses justo antes de que se emitan las prestaciones del mes siguiente (por ejemplo, si tus prestaciones suelen estar disponibles eldía 1 del mes, cambia tu PIN eldía 25 del mes anterior); y
  • Utiliza tu tarjeta sólo en vendedores autorizados/aprobados por EBT.
  • En el pasado, el Congreso de EEUU permitía a los Estados sustituir las prestaciones que habían sido robadas. Esto ya no se permite a partir del 1 de enero de 2026. Por tanto, si te roban las prestaciones, es probable que no puedas recuperarlas.
  • Si te roban las prestaciones, debes
  • Informa de la pérdida al DSS (probablemente tendrás que rellenar un formulario de informe);
  • Solicita una nueva tarjeta EBT;
  • Cambia tu PIN; y
  • Vigila de cerca tu cuenta para detectar cualquier robo futuro.

Obligaciones del SNAP

Los hogares aprobados para recibir prestaciones mensuales de SNAP están obligados, según la ley federal, a:

  • Utiliza los beneficios sólo en vendedores autorizados/aprobados por la HEBT (normalmente grandes cadenas). Para ver la lista completa aprobada, consulta aquí.
  • Nota: Utilizar los beneficios en tiendas o vendedores que no están autorizados a aceptar EBT podría dar lugar a una investigación penal y/o a la devolución de los beneficios utilizados indebidamente.
  • Informa de los cambios al DSS en un plazo de 10 días:
  • Los hogares aprobados deben notificar al DSS cada vez que cambie cualquiera de los datos que se indican a continuación:
  • Dirección, número de teléfono u otra información de contacto;
  • Empleador, horas de trabajo y/o salario;
  • Situación de inmigración;
  • Gastos de alquiler o hipoteca;
  • Gastos de servicios públicos (aumento o disminución de más de 50 $);
  • Vete de Virginia;
  • Alguien se muda de casa;
  • Se muda a la casa alguien que no figura en el caso SNAP actual;
  • Nuevas órdenes de manutención o pensión alimenticia (a pagar o recibir), o cambios en las órdenes existentes;
  • Nuevos premios de lotería o juego;
  • Cambios en los activos (por ejemplo, compra o venta de una casa, una nueva cuenta de ahorros, etc.); y
  • Cualquier otro cambio que pueda afectar a la elegibilidad o a los niveles de prestaciones del SNAP.
  • No informar de cualquiera de los cambios anteriores en el plazo de 10 días podría dar lugar a la pérdida de prestaciones, a una reducción de las mismas, a una investigación penal y/o a la decisión de que la unidad familiar (o un miembro de la misma) no pueda seguir recibiendo prestaciones del Programa SNAP.
  • Si recibes más prestaciones de las que realmente te corresponden, el DSS está obligado a pedirte que las devuelvas.
  • Recibir más prestaciones de las que realmente te corresponden se llama «pago en exceso». El DSS está obligado, por ley federal, a pedirte que devuelvas todos los pagos en exceso , aunque no sean culpa tuya. Si recibes una solicitud de devolución de prestaciones, se te facilitará un formulario de «Acuerdo de devolución».
  • No estás obligado necesariamente a devolver las prestaciones. Puedes solicitar un «compromiso» al DSS si:
  • No crees que puedas devolver el crédito en un plazo de 3 años (36 meses); o
  • Si tus gastos mensuales de vivienda son superiores a tus ingresos brutos mensuales.
  • El DSS no está autorizado a «transigir» sobre el pago en exceso si determina que el pago en exceso fue causado por:
  • Una infracción intencionada del programa (como no informar a propósito al DSS de que alguien de la unidad familiar ya no vive allí y seguir recibiendo prestaciones por esa persona);
  • La reclamación ya ha sido certificada para el cobro; o
  • Los ingresos brutos de la unidad familiar son superiores al 200% del Nivel Federal de Pobreza.

No devolver o no responder a las solicitudes de devolución de los pagos excesivos podría dar lugar a la remisión a una investigación penal, la remisión a Hacienda para embargar salarios o cobrar devoluciones de impuestos, la suspensión del programa y/u otras gestiones de cobro.

  • Debes responder con prontitud a todas las solicitudes de información del DSS, incluidas las enviadas por correo (como informes provisionales o paquetes de recertificación) y las entrevistas telefónicas.
  • Si no respondes al DSS, podrían producirse retrasos en la tramitación de tu solicitud, una reducción de las prestaciones o la expulsión del programa.

Cuándo llamar a un abogado

Debes ponerte en contacto con un abogado inmediatamente si

  • Te han reducido las prestaciones sin explicación o si no estás de acuerdo con el motivo que te ha dado el DSS para reducirte las prestaciones;
  • Te han cancelado las prestaciones sin explicación o si no estás de acuerdo con el motivo que te ha dado el DSS para cancelarte las prestaciones;
  • Tu solicitud de prestaciones ha sido denegada sin explicación o si no estás de acuerdo con el motivo que el DSS ha dado para denegar tu solicitud;
  • Has presentado una solicitud, un informe provisional o una recertificación y no has recibido respuesta del DSS en los 30 días siguientes a la presentación;
  • Es importante que lleves un registro de cuándo presentas formularios y documentación al DSS, incluyendo qué has presentado, cuándo lo has hecho y cómo lo has hecho. El DSS está obligado a procesar casi toda la información que recibe para el SNAP en un plazo de 30 días (con algunas excepciones limitadas). Si no recibes respuesta en el plazo de 30 días, tienes derecho a impugnar la inacción del DSS.
  • El DSS te hizo preguntas que no eran relevantes para tu solicitud del SNAP y te dijo que debías contestarlas o te denegarían la solicitud.

No estás obligado a intentar ponerte en contacto con tu trabajador del DSS antes de ponerte en contacto con un abogado o presentar un recurso. Si quieres impugnar una acción del DSS, hazlo cuanto antes. Hay un límite de 90 días para presentar recursos administrativos, así que si han pasado más de 90 días desde la acción del DSS, es posible que te aconsejen que vuelvas a solicitarlo. NOTA: El DSS puede aconsejarte que vuelvas a presentar la solicitud para recibir una nueva determinación o acción sobre tu caso, pero si aún estás dentro del plazo de 90 días para recurrir, no estás obligado a volver a presentar la solicitud. Debes ponerte en contacto con un abogado inmediatamente si el DSS te ha aconsejado que tu única opción es una nueva solicitud.

Additional Information

La información del Departamento de Servicios Sociales de Virginia sobre el SNAP en Virginia está disponible aquí. Visita este enlace para acceder a formularios de solicitud en papel, informes de cambios, formularios de apelación, el manual del SNAP y otra información clave sobre la participación en el programa.

Consulta aquí la información de contacto del Departamento de Servicios Sociales de tu localidad.

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