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MULTAS Y TASAS:

¿Tienes multas o tasas judiciales pendientes en Virginia? Tus derechos están cambiando.

A partir del 1 de julio de 2026 entró en vigor la Ley HB 16 , que debería ayudar a las personas que están en prisión a saldar su deuda judicial antes de salir en libertad:

  • Las personas encarceladas pueden utilizar las horas de trabajo mal remunerado para compensar las multas y tasas judiciales: si debes multas o costas judiciales, puedes obtener créditos para reducir esa deuda mediante el servicio comunitario o el trabajo realizado durante tu encarcelamiento. El trabajo realizado en prisión a partir del 1 de julio de 2023 se contabiliza al mismo ritmo que el servicio comunitario (menos cualquier salario que se te haya pagado), y los centros deben facilitar, si se les solicita, los registros de las horas trabajadas y los créditos obtenidos.

A partir del 1 de enero de 2027, una nueva ley llamada HB 17 / SB 180 facilita la gestión de las deudas judiciales derivadas de casos de tráfico o penales en Virginia.

¿Qué va a cambiar?:

  • Las deudas antiguas se extinguen más rápido: el tribunal solo puede cobrar la mayoría de las deudas durante los 10 años siguientes a la sentencia. Pasados esos 10 años, la deuda ya no es exigible. (Esto no se aplica a la indemnización a las víctimas). La mayoría de las deudas judiciales que existían antes del 1 de enero de 2027 estaban sujetas a plazos mucho más largos que diez años, llegando incluso a los 60 años en el caso de algunas deudas de los tribunales de circuito.
  • Más tiempo para pagar o pedir ayuda: Ahora tienes 180 días (en lugar de 90) antes de que la deuda pendiente pase a cobros. Aprovecha este tiempo extra para pedirle al juzgado un plan de pago, un aplazamiento (demora) o horas de servicio comunitario. Evitar el cobro por parte de una agencia de cobros te ahorra gastos y evita que los agentes de cobro te embarguen el sueldo, las cuentas bancarias y las devoluciones de impuestos.
  • Pausas automáticas durante la estancia en la cárcel o en prisión: Si te envían a la cárcel o a prisión, tu deuda derivada de esa sentencia (excepto la indemnización a las víctimas) se congela automáticamente. No tendrás que pagar nada hasta 180 días después de tu puesta en libertad, lo que evita que los gastos (como los de cobro e intereses) sigan aumentando mientras estás dentro.

Esta es información jurídica, pero no constituye un asesoramiento jurídico específico para tu caso. Si necesitas asesoramiento jurídico, habla con un abogado.

Pat Levy-Lavelle, del Legal Aid Justice Center, es la abogada responsable de esta información jurídica. 626 East Broad Street, Suite 200, Richmond, VA 23219, (804) 643-1086.

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